Peñalosa miente a los medios sobre aportes a su campaña

Por Daniel Mantilla*

No son los millones de Odebrecht, pero son recursos públicos.

El 6 de febrero de 2017, el Alcalde Enrique Peñalosa manifestó en los micrófonos de Blu Radio: “Yo nunca en mi vida, jamás, he recibido aportes de contratistas, ni de proveedores del Distrito(…)”. No obstante, tras una ardua investigación, encontramos que esta afirmación falta a la verdad y atenta contra la ética pública.

Escuche la entrevista aquí: 

Durante la campaña electoral del año 2015, Enrique Peñalosa Londoño estuvo autorizado para invertir hasta 3 mil 449 millones de pesos (monto establecido como tope por parte del Consejo Nacional Electoral). De acuerdo con la información consignada por su equipo en el portal Cuentas Claras, dispuesto por la Registraduría Nacional del Estado Civil, con el fin de generar mecanismos de transparencia e información a la ciudadanía interesada en estos asuntos, el hoy Burgomaestre invirtió la suma de 3 mil 443 millones de pesos.
Los recursos con que financió su campaña provienen de contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o especie, que realizaron 131 particulares entre personas naturales y jurídicas (que en este caso fueron por un valor de 2 mil 843 millones de pesos) y de créditos obtenidos en entidades financieras legalmente autorizadas (otorgados por Davivienda por un valor de 600 millones de pesos). De estos 131 particulares que realizaron aportes, 78 son personas jurídicas y 53 naturales.

Lea el artículo de Blu Radio: Ningún contratista puede decir que yo le di $1.000 para una gaseosa: Peñalosa

La ley no prohíbe que los particulares que hayan realizado contribuciones a campañas electorales puedan contratar con la administración ganadora, ya que se entiende que su aporte se realiza de manera voluntaria sin esperar alguna retribución.
Pese a esto, no deja de llamar la atención que un 6% de las personas jurídicas que aportaron a la campaña de Enrique Peñalosa, ya han tenido vínculos (o empresas hermanas) contractuales con entidades del Distrito Capital, durante su primer año de gobierno. Lo más grave es que estos contratos se hayan adjudicado a dedo, sin mediar ningún proceso de selección objetiva.
De acuerdo con la información de la página de Cuentas Claras, entre los aportantes a la campaña de Enrique Peñalosa se encuentran, entre otros, la Fundación Nutresa, cuyo aporte fue de $35´000.000; Colombiana de Comercio S.A. que aportó $25´000.000; Terrafranco SAS cuyo aporte fue de $10´000.000; Twity S.A. que aportó $5´000.000 y Viveka S.A.S. cuyo aporte fue de $500.000.
Como se observa, estos 5 aportantes contribuyeron casi con el 3% del monto total recibido por la campaña. Lo interesante es que contrario a lo afirmado por el Alcalde Mayor en Blu Radio, estas organizaciones sí han tenido vínculos contractuales con el Distrito Capital por un valor de $807.186.498.

Encuentre la cifra mencionada, de acuerdo con la información pública que se encuentra en el portal de Colombia Compra Eficiente[i], en el cuadro # 1, al final de este artículo.

Para el caso específico de la Fundación Nutresa, se firmó un Convenio Marco de Asociación, en el cual las partes se comprometen a realizar aportes en especie, lo que no implica la destinación de recursos económicos. Dicha Fundación se comprometió con recurso humano, cartillas, transporte (sesiones y evaluaciones) y estimó estos gastos en un valor de $249.865.000.
Sin embargo, es importante señalar que esta organización sin ánimo de lucro hace parte del Grupo Nutresa y opera bajo un modelo en el que empresas que tienen como finalidad generar lucro, crean fundaciones con el fin de implementar políticas de responsabilidad social empresarial, que redundan en deducciones en los impuestos que deben pagar a la nación (estas prácticas se caracterizan porque su inversión es inferior respecto al beneficio de reducción de impuestos que se les otorga). De este modo, el acuerdo firmado con la administración de Bogotá es un gana gana para el mencionado grupo empresarial.
Respecto al aportante-contratista Terrafranco SAS, es importante señalar que desde la administración de Gustavo Petro ya existía una relación contractual con la administración de Bogotá, a partir del arrendamiento de un predio donde actualmente opera el archivo de la Secretaría Distrital de Planeación (SDP). En este caso, lo que llama la atención es que haya realizado aportes a la campaña de Enrique Peñalosa teniendo un vínculo contractual vigente con la Alcaldía de Bogotá.
La normatividad que regula la contratación pública señala que los contratos de arrendamiento de predios se podrán realizar bajo la figura de contratación directa (contrato de arrendamiento), tal como lo hicieron tanto la administración actual como la anterior, atendiendo conceptos del Archivo Distrital (dependencia competente para establecer las características archivísticas que deben atender las entidades del Distrito), en donde señalaba que el predio en mención cuenta con las características técnicas para la operatividad del archivo de la Secretaría Distrital de Planeación.
Es claro entonces que Terrafranco SAS realizó un aporte a la campaña del entonces candidato Enrique Peñalosa. Al contar con conceptos favorables por parte del Archivo Distrital en el marco de las auditorías realizadas, no resulta ilógico que se haya dado la continuidad contractual, pues no existían alertas encaminadas a solicitar el traslado del archivo o llamados de atención de los entes de control por el costo del arrendamiento.
Lo que sí es cuestionable desde la ética pública, es que personas jurídicas o naturales con vinculación contractual con el Estado adelanten donaciones o aportes a campañas electorales, pues se generan especulaciones con respecto al interés que las motivó a realizar dicha financiación.
Por su parte, a la empresa Twity S.A. le fueron adjudicados dos contratos: el primero, relacionado con el suministro de dispositivos médicos al Hospital de Occidente de Kennedy (malla de prolipropileno 15×15 y 20×20 cm) por un valor de $4.000.000 y otro relacionado con la dotación de 22 pares de zapatos para el talento humano de la Secretaría Distrital de Movilidad. En este caso, además de que se hayan adjudicado a dedo los contratos, sobresale el amplio objeto de la empresa que le permite realizar suministros de diversos elementos que no se relacionan entre sí.
Frente a esto, los entes de control tanto del nivel nacional como distrital han realizado alertas para evitar la adjudicación de contratos de manera directa a empresas que han comparado con navajas suizas, al ser funcionales para disímiles objetos contractuales, lo que pone en duda su idoneidad tanto en experiencia como en capacidad económica para la ejecución contractual.
Finalmente, en cuanto al aportante Viveka SAS, una vez revisados los estudios previos y el contrato suscrito con la Secretaría Distrital de Planeación, es importante señalar las obligaciones específicas que tiene el contratista:
  • Apoyar a la Dirección de Economía Urbana en realizar modelaciones financieras para los diferentes instrumentos de financiación, bajo escenarios de diferentes instrumentos de planeamiento.
  • Apoyar a la Dirección de Economía Urbana el análisis de alternativas y estrategias de instrumentalización y aplicación de los diferentes instrumentos de financiación, bajo escenarios de diferentes instrumentos de planeamiento.
  • Asistir a las reuniones, sesiones, mesas de trabajo y en general en cualquier evento relacionado con el objeto del contrato y en el cual sea convocado por el supervisor.
  • Atender las observaciones y sugerencias técnicas realizadas por el supervisor, durante la ejecución del contrato.
  • Realizar las demás actividades que le sean asignadas por el supervisor en virtud del objeto a contratar.
Las dos primeras obligaciones contractuales son las que soportan el cumplimiento del objeto contractual. En los estudios previos que dan origen a este contrato, se observa que la propuesta económica del contratista es de $11.599.999 por mes y que en la tabla de honorarios para contratistas de la Secretaría Distrital de Planeación, este rango presupuestal se les reconoce a los profesionales que prestan sus servicios para una actividad especializada.
No obstante, si bien la forma de selección del contratista se encuentra acorde con la ley, existen otros mecanismos para la selección del ejecutor del contrato, como los concursos de méritos, lo que permite a la entidad buscar en el mercado diversas propuestas técnicas y económicas que pueden llevar a una destinación inferior de recursos presupuestales y obtener mayores o mejores productos por parte del contratista.
Teniendo presente el caso de Odebrecht, en donde un potencial contratista del Estado financia campañas electorales u ofrece “comisiones de éxito”, es relevante poner en la discusión de la agenda pública casos similares que ocurren en el marco del actuar administrativo y que han venido afectando la legitimidad del quehacer público, llevando a la ciudadanía al descontento y a la desconfianza hacia sus representantes.
Aunque estos casos que presentamos no manejan presupuestos elevados (afortunadamente), cualquier peso del erario público debe ser manejado con absoluta transparencia.
El Gobierno nacional debe reglamentar con absoluta firmeza todos los asuntos relacionados con la financiación de campañas por parte de particulares, con el objeto de evitar lógicas transaccionales en donde se espere como retribución hacer parte de la distribución del botín del erario público, vía la adjudicación de contratos.
Por otra parte, la administración distrital desde una mirada de la ética pública, debe comprometerse con la ciudadanía a generar directrices encaminadas a evitar que particulares que hayan realizado aportes a la campaña de los alcaldes de turno, accedan mediante la figura de contratación directa a los recursos públicos.
Otra cosa es que estos aportantes en franca lid accedan mediante procesos de selección objetiva, como las licitaciones, concursos de méritos, subastas, entre otros a las ofertas contractuales del Gobierno.
Por último, la elaboración de los procesos contractuales debe permitir la participación de un número plural y significativo de oferentes. Es necesario hacer frente a la corrupción derivada de la contratación estatal.
Amigas y amigos lectores ¿cuál es su propuesta para luchar contra el flagelo de la corrupción en Colombia?

Peñalosa miente a los medios sobre aportes a su campaña

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